AYUDAS A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA REGIÓN
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información de las ayudas en PDF del D.O.E. nº50 04/05/2004. 
Ayudas Individuales a Personas con Discapacidad
La Ley 5/1987, de 23 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura, establece
en su artículo 1º el compromiso de garantizar el bienestar social básico de
todos los ciudadanos residentes en nuestra Región, mediante un conjunto de actuaciones
que tiendan a la prevención y eliminación de las causas que conducen a la marginación;
así como favorecer el total y libre desarrollo de la persona dentro de la sociedad,
promoviendo su participación activa en la vida social y política de Extremadura.
Promoverán toda serie de medidas encaminadas a eliminar obstáculos en la vida
del minusválido.
Con la presente norma, por otra parte, se da cumplimiento a lo dispuesto en
los artículos 3º y 4º del Decreto 77/1990, de 16 de octubre, que regula el régimen
general de concesión de subvenciones - el último de los artículos citado en
la redacción dada por el Decreto 17/1993, de 24 de marzo - respetándose de esta
manera los principios generales de publicidad y concurrencia.
Requisitos de los Destinatarios de las Ayudas
Para tener la condición de Minusválido de acuerdo con la normativa.
- Precisar las ayudas, a juicio del E.V.O (Equipo de Valoración y Orientación)
de los Centros Bases.
- Ser menor de 65 años.
- Tener fijada la residencia habitual en la Comunidad Extremadura.
Concesión de las Ayudas
Para la concesión de la ayuda se atenderá a criterios tales como:
- La renta per cápita.
- La situación personal de acuerdo con los criterios del Equipo de valoración
del centro base.
- La situación familiar, los recursos del entorno y de otros factores que
afecten al solicitante de acuerdo con la aplicación del baremo establecido.
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Tipos de Ayudas
- Ayudas para la rehabilitación.
- Las atenciones tempranas dirigidas a los niños que presenten trastornos
en su desarrollo.
- Recuperación funcional:
- Niños hasta 6 años en los que sea previsible o patente, una deficiencia.
- Quienes hayan sufrido un accidente traumático que pueda implicar la
calificación de personas con discapacidad y que requieran tratamiento
no cubierto o con derecho a cobertura a través del INSALUD o cualquier
otra Entidad Pública o privada.
- Los que padezcan un deterioro progresivo de funciones que puedan conducir
a una minusvalía física, psíquica o sensorial.
Asistencia Especializada
- Ayudas para la autonomía personal.
- Ayudas de desenvolvimiento personal.
- Ayudas para el apoyo a la vida independiente para personas que:
- Carezcan de familia.
- Vivan solas en su domicilio.
- No dispongan de medios económicos.
- Sea necesario un apoyo socio-educativo a fin de evitar su internamiento
en instituciones residenciales.
- Prestación temporal de servicios.
- Prestación anual de servicios.
- Servicios domésticos relacionados con las actividades del hogar.
- Ayuda para la adaptación funcional del hogar.
- Asistencia institucionalizada en Centros de Atención Especializada.
- Ayudas para la movilidad y comunicación.
- Las Ayudas para aumentar la capacidad de desplazamientos.
- Adquisición de sillas de ruedas, también con adaptaciones
especiales y eléctricas.
- Adquisición de vehículos a motor hasta 14 CV, o 17 CV.
- Adaptación de vehículo.
- Eliminación de Barreras Arquitectónicas en la vivienda individual o familiar.
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Ayudas Técnicas
Podrán solicitar ayuda para la adquisición de ayudas técnicas,
aquellas personas a las que el grado o la naturaleza de su discapacidad les
impidan utilizar los medios convencionales existentes y que potencien su relación
con el entorno.
Ayudas Complementarias
Tienen como objetivo posibilitar la percepción de los servicios previstos
en los apartados anteriores. Podrán solicitarse ayudas complementarias
siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
- Reunir los requisitos fijados para solicitar la ayuda básica a la
que estas ayudas complementasen.
- Que la aplicación de la ayuda o ayudas técnicas complementarias
que se soliciten sean simultáneas a la realización del servicio
al que complementar.
Ayudas para transporte
- Transporte para la rehabilitación y asistencia especializada.
- Ayudas para residencia y comedor.
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