El pasado 19 de julio se publicó en el BOE la Ley 16/2005, de 18 de julio, por la que se modifica la Ley 1/1996 de asistencia jurídica gratuita, que contiene articulado que mejora la protección jurídica de las personas con discapacidad. Hasta ahora solo se podía acceder a la justicia gratuita si se acreditaban recursos económicos familiares anuales inferiores al doble del salario mínimo interprofesional (SMI) A partir de ahora no será necesario este requisito para las personas con discapacidad, las personas que tengan a su cargo una persona con discapacidad cuando actúen en su nombre e interés y las asociaciones declaradas de utilidad pública que tengan como fin la promoción y defensa de los derechos de las personas con discapacidad. El límite de recursos económicos para ser beneficiario de este derecho llega hasta 4 veces el SMI. Entre otras, las prestaciones a las que se podrá acceder son: